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¿Has vendido tu vivienda y has tenido que pagar el impuesto de Plusvalía Municipal? Reclama para que te lo devuelvan.

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Analizamos cada caso, te decimos si es o no viable la reclamación. Si es viable un letrado de tu provincia te explicará las distintas vías de reclamación judicial

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El Tribunal Constitucional acaba de tumbar el impuesto de Plusvalía Municipal para los casos en los que esta no haya existido. Solo en 2015 los ayuntamientos recaudaron 2.625 millones de euros por este concepto.

El Tribunal Constitucional  ha decidido que nadie deberá pagar la Plusvalía Municipal si al vender su casa se producen pérdidas, con este hecho el TC vuelve a darle la razón al contribuyente, el cual solamente deberá pagarlo si al vender su casa si obtiene ganancias con la venta.

Los afectados por la Plusvalía Municipal son más de medio millón en toda España, estos podrán reclamar la devolución del pago del impuesto. El gran inconveniente en la Plusvalía es qué la forma de realizar el cálculo presupone que el precio de la vivienda siempre sube. Los afectados ahora pueden recuperar el dinero que han pagado de más, la media se encuentra entre los 4.000 y 5.000 €.

Así que recuerda si vendiste tu casa y te generó pérdidas económicas ha llegado la hora de recuperar el dinero que pagaste de más por este dichoso impuesto, apúntate gratis y te ayudaremos a recuperar tu dinero, gracias a la Sentencia del Constitucional del 11 de Mayo del 2017.

Cronología de Sentencias Favorables a favor del Afectado de Plusvalía Municipal:

          05/2017: El TC anula el impuesto municipal de la Plusvalía Municipal sólo en los casos en los que al vender tu casa, tengas pérdidas. Al considerarlo inconstitucional desde que explotó la famosa crisis. El Tribunal señala que este hecho impide que el ciudadano pueda cumplir con su obligación de contribuir “de acuerdo con su capacidad económica (art. 31.1 CE)… las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto que permitan arbitrar el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana“.
          02/2017: El Constitucional declaró la nulidad de este impuesto en el régimen foral el cuál se extiende por todo el territorio nacional. 

  • Más de un 99,05% de éxito en las reclamaciones judiciales
  • 100% en los últimos 30 meses
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  • Analizamos la viabilidad de cada caso, te decimos si es o no viable, cuándo puedes recuperar y cuáles son las posibles soluciones.
  • Si es viable un letrado de tu provincia te explicará las distintas vías de reclamación judicial.

Todo este Proceso es Gratuito
Teléfono de afectados: 910299564 / 609235966

También puedes escribirnos a info@denunciascolectivas.com