Los dos intentos del Tribunal Supremo por cerrar la litigiosidad en torno a las cláusulas suelo de las hipotecasy el derecho de los clientes de los bancos a ser indemnizados por todos los intereses pagados de más no acaban de plasmarse en las sentencias que dictan las audiencias provinciales.

Bruselas intensifica su ofensiva contra los abusos hipotecarios en España.La Comisión Europea ha pedido oficialmente este jueves al gobierno en funciones de Mariano Rajoy que cambie la ley para obligar a la banca a devolver todo lo cobrado de más por las cláusulas suelo, y no únicamente lo ingresado desde el 9 de mayo de 2013, el límite que ha fijado el Tribunal Supremo. La factura adicional para las entidades de este cambio podría llegar a 7.600 millones de euros, según un informe elaborado por el Banco de España. 

El Ejecutivo comunitario ha enviado a las autoridades españolas una carta de emplazamiento en la que enumera las reformas legales exigidas. La misiva constituye la primera fase de un procedimiento de infracción, es decir, la apertura de un expediente contra España por incumplimiento de la legislación comunitaria.

Si Madrid desoye las peticiones de Bruselas, el caso podría acabar de nuevo ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). El TJUE ya celebró una vista oral este martes sobre la retroactividad en la supresión de cláusulas suelo a raíz de las denuncias presentadas por particulares. Su abogado general publicará un dictamen preliminar el 12 de julio. En estos litigios, el Ejecutivo comunitario ya se ha situado del lado de los afectados por las cláusulas suelo. Pero ahora da un paso más y se adelanta al fallo al reclamar a España que cambie ya la ley…
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Los dos intentos del Tribunal Supremo por cerrar la litigiosidad en torno a las cláusulas suelode lashipotecasy elderecho de los clientes de los bancos a ser indemnizados por todos los interesespagados de más no acaban de plasmarse en las sentencias que dictan las audiencias provinciales.

Eljuzgado de primera instancia número 5 de La Laguna (Tenerife)dictó el pasado 8 de octubre una sentencia en la que obliga al banco a devolver al cliente demandante los intereses legales desde el pago de cada cuota de su hipoteca. El juez, que decidía sobre el recurso de apelación interpuesto por BBVA sobre una sentencia de enero, lo estimó en parte, reduciendo a 3.938 euros el importe a pagar. La resolución dictada en juicio verbal por un tribunal constituido por el propio magistrado ha sido declarada firme y sin opción a ser recurrida.

La sentencia supone el primer caso en el que una audiencia provincial reabre las discrepancias de criterios que han marcado las interpretaciones de los juzgados relativas a las ‘cláusulas suelo‘ en toda España desde que el Alto Tribunal trató de cerrarlas definitivamente, unificando criterios, en abril de 2015. Fuentes de BBVA indicaron que presentarán un recurso extraordinario contra la sentencia por no seguir la doctrina del Supremo. (Lo presentaron pero no le sirvió de nada a la entidad bancaria).
El juez de Tenerife considera que existe “doctrina contradictoria” en torno al efecto retroactivo absoluto de la declaración de nulidad de las cláusulas de un contrato incluidas en el Código Civil y lo que sostiene el Supremo como la doctrina de aplicación general para los casos abusivos en las hipotecas.

Las referencias a las directivas comunitarias que han sentado jurisprudencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) también son recurrentes en la sentencia. La semana pasada, la Comisión Europea defendió en un informe no vinculante remitido al TJUE la obligación de los bancos de devolver todo lo cobrado desde el inicio del crédito.

Los magistrados del Supremo, en una sentencia que contó con un voto particular, estimaron un recurso del BBVA contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que condenó a la entidad a restituir las cantidades cobradas por efecto de la ‘cláusula suelo’desde el principio del contrato y no desde mayo de 2013, como había establecido el propio tribunal.

De hecho, aunque consideraba que ya hacía dos años había quedado fijada su doctrina para los casos abusivos de cláusulas suelo, los magistrados se vieron obligados a ratificar la limitación de la retroactividad apelando, entre otras razones, a los riesgos de “trastornos graves con trascendencia al orden público económico“.

Desde entonces, las entidades han visto cómo juzgados se ciñen más a la doctrina del Supremo ratificando la limitación de los efectos de la nulidad a la fecha 9 de mayo de 2013 por considerar que el problema ya está juzgado.

Actualmente quedan vivas alrededor dedos millones de hipotecas que incluyen ‘cláusulas suelo’. El Banco de España no ha estimado a cuánto ascendería el importe de todas las devoluciones, aunque distintos cálculos lo cifran entre 20.000 y 30.000 millones de euros.

No obstante, el juez de Tenerife pone en cuestión estos argumentos y desestima el recurso señalando que el daño al orden público económico “conlleva matices ideológicos cuya determinación dependería más de decisiones políticas que de decisiones judiciales”. Además, considera que en el caso que juzga no existe “riesgo de trascendencia en el orden público económico“, por lo que no hay “identidad de razón” para aplicar la doctrina del Supremo.
“Es la primera sentencia que va en contra de lo que dicta la doctrina del Supremo, obligando a reintegrar todo el dinero cobrado por las ‘cláusulas suelo’. Sigue lo apuntado por Europa en lo referido a fijar la cantidad a devolver a partir de la firma del contrato hipotecario”, afirma Javier Gastón, portavoz de DenunciasColectivas plataforma que lleva numerosos casos de ‘cláusulas suelo’ en toda España.